El Historia, Es Actual

El Pasado se ve reflejado con una mirada crítica en nuestro presente.


Las crónicas han sido desarrolladas en nuestro programa radial QSVT en FM Abril, Rosario.

DEUDA EXTERNA, INTERVENCION EXTRANJERA Y LA DOCTRINA DRAGO


A pocos meses de terminada la Segunda Conferencia Panamericana en México, hacia fines de 1902, las costas de Venezuela fueron bombardeadas por unidades navales de Gran Bretaña y Alemania, a las que se agregaron las de Italia. El objetivo de esta intervención conjunta fue exigir el cobro de las deudas del gobierno venezolano pendientes con particulares europeos.

Debido al apoyo norteamericano hacia los agresores europeos, el dictador venezolano Cipriano Castro (1899-1908) optó por aceptar las condiciones de los últimos el 1º de enero de 1903. pagando algunas deudas de inmediato y otras a través de comisiones, estableciéndose en garantía hasta el 30 % del ingreso de las aduanas de La Guayra y Puerto Cabello, lo que fue percibido por agentes belgas.
En esas circunstancias,
Luis María Drago, ministro de relaciones exteriores argentino entre agosto de 1902 y julio de 1903, preparó una nota, protestando por los sucesos de Venezuela, con fecha 29 de diciembre de 1902 y dirigida al ministro argentino en Washington, Martín García Merou, para que éste la presentara al gobierno norteamericano. La nota incluyó lo que más tarde se dio en llamar la Doctrina Drago. El argumento central de esta doctrina sostiene que

"la deuda pública no puede dar lugar a la intervención armada, ni menos a la ocupación material del suelo de las naciones americanas por una potencia europea .
El cobro militar de los empréstitos supone la ocupación territorial para hacerlo efectivo y la ocupación territorial significa la supresión o subordinación de los gobiernos locales en los países a que se extiende.
Tal situación aparece contrariando visiblemente los principios muchas veces proclamados por las naciones de América y muy particularmente la Doctrina de Monroe con tanto celo sostenida y defendida en todo tiempo por los Estados Unidos, doctrina a que la República Argentina ha adherido antes de ahora”

El Presidente norteamericano Roosvelt, ya había declarado en su mensaje al Congreso de 3 de diciembre de 1901, que por la doctrina Monroe

"no garantizamos a ningún estado contra la represión que pueda acarrearle su inconducta, con tal que esa represión no asuma la forma de adquisición de territorio por ningún poder no americano".
En armonía con el anterior lenguaje, el Presidente anunció en su mensaje de 2 de diciembre de 1902:

"Ninguna nación independiente de América debe abrigar el más mínimo temor de una agresión de parte de los Estados Unidos. Corresponde que cada una de ellas mantenga el orden dentro de sus fronteras, y cumpla sus justas obligaciones con los extranjeros. Hecho esto, pueden descansar en la seguridad de que, fuertes ó débiles, nada tienen que temer de intervenciones externas".

La historia diría lo contrario. Con similares argumentos que los Europeos, EEUU invadiría y controlaría la politica del Caribe desarrollando su proyecto expansionista mediante la denominada Ley del garrote y aplicaría mecanismos más sutiles para controlar a los paises sudamericanos mediante golpes de estado y gobiernos titeres que se extendieron en la segunda mitad del siglo XX.


Hoy, 106 años después Venezuela no dá prestamos en base a bonos de la deuda pública argentina y produce el salvataje del quebranto de la empresa cooperativa nacional Sancor. Mientras tanto Argentina mantiene una enorme deuda externa que nos obliga a negociar desventajosamente con los paises mas poderosos de Europa, los mismos que invadieron Venezuela en 1902. En estos días nuestra Presidenta estuvo en Francia aunque se nos dice que de la Deuda con el Club de Paris,que nuclea a esos paises, nada se habló…


Pero como siempre decimos, esa….., esa es otra Historia.


APA. 9 de Abril de 2008