El Historia, Es Actual

El Pasado se ve reflejado con una mirada crítica en nuestro presente.


Las crónicas han sido desarrolladas en nuestro programa radial QSVT en FM Abril, Rosario.

SOBRE LA LIBERTAD DE IMPRENTA Y EL RECURSO DE AMPARO

Angel Siri era un ex legislador peronista que dirigía un pequeño diario en Mercedes, provincia de Buenos Aires. A principios de 1956, pleno auge de la Revolución Libertadora, fue detenido y permaneció durante meses a disposición del Poder Ejecutivo de la Nación, recobrando luego su libertad sin tener ningún proceso judicial.
Sin embargo su diario continuó clausurado mediante custodia provincial, de acuerdo a una orden recibida de la Dirección de Seguridad de la Policía, sin conocerse de quien y por que había salido esa medida.
Siri intentó dar pelea con la mejor herramienta jurídica que había en el momento: el hábeas corpus. En primera y segunda instancia, los jueces le contestaron que ese recurso se limitaba a los casos de libertad física y estando el en libertad, no había razón de tal interposición..
Pero Siri insistió; y llegó a la Corte. Y en una sentencia no muy extensa, el máximo tribunal del país dejó establecido para siempre que si hay un derecho que está siendo violado, como ahí la libertad de expresión o de trabajo, la Justicia debe intervenir por más que ninguna norma prevea la forma. "Las garantías individuales existen y protegen a los individuos por el solo hecho de estar consagradas por la Constitución e independientemente de las leyes reglamentarias", afirmaron los jueces en el histórico fallo.
Ese 27 de diciembre de 1957, la Corte falló dando nacimiento al recurso de amparo.
Desde entonces, la acción de amparo es -debiera ser- la garantía más eficaz para proteger los derechos constitucionales. En 1994, el amparo fue incorporado a la Constitución en su articulo 43.

Paradojas de la Historia, 52 años de este hecho relacionado con la libertad de imprenta, estamos frente a una nueva Ley de Medios Audivisuales que anula a la establecida por la Dictadura, pero quienes se sientan afectados en sus derechos sobre la libertad de expresión deberán aludir a un decreto-ley, 16986,de la Dictadura de Onganía para hacer valer el amparo correspondiente porque el Congreso Nacional aún nos debe una nueva Ley de Amparo para la protección de los derechos y garantías constitucionales.
Todo un símbolo.

Pero como siempre decimos…esa, esa es otra Historia.

APA. 20 de Octubre de 2009